Las disposiciones contenidas en la Circular Básica Contable y Financiera emitida por la Superintendencia de la Economía Solidaria, al regular la estructura de gobierno de riesgos, estableció la obligación, a cargo del Consejo
de Administración, de constituir el “Comité de Riesgos”, que coadyuve en la administración por riesgos.
El principal objetivo del Comité de Riesgos es dar asistencia al Consejo de Administración en el análisis, gestión y evaluación de los informes de riesgos que le presenta, sobre los diferentes tipos de riesgo, recogiendo las recomendaciones y comentarios, sirviendo de soporte y apoyo al Consejo de Administración para la toma de decisiones atinentes a la gestión de los Riesgos en Multiroble, como parte integral del sistema de riesgos con las responsabilidades definidas en los diferentes sistemas de riesgos.